Como trabajador tienes ingresos por los que se paga impuesto como son:
-Del aguinaldo que recibes hasta 30 unidades de medida y actualización.
-De la prima vacacional hasta 15 unidades de medida y actualización.
-Del reparto de utilidades que te da la empresa hasta 15 unidades de medida y actualización.
Tienes derecho a deducir gastos personales, entre otros, los siguientes:
-Gastos médicos, dentales, hospitalarios, incluyendo servicios profesionales de psicología y nutrición.
-Gastos funerarios.
-Intereses reales y devengados por créditos hipotecarios.
-Donativos.
-Lentes.
-Colegiaturas.
Puedes elaborar tu declaración anual aún cuando no estés obligado a hacerla para restar tus deducciones personales y en su caso, obtengas un saldo a tu favor.
El patrón no te retiene impuesto si ganas hasta un salario mínimo en forma mensual.
Fuente SAT.gob.mx
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